¿Se debería prohibir la integración vertical entre Isapres y Clínicas?
DOI:
https://doi.org/10.11565/oe.vi119.74Palabras clave:
Isapres, Integración vertical, Centros de salud privadaResumen
En Chile, a partir de 2005, la integración vertical entre seguros de salud privados (isapres) y prestadores de salud (clínicas, centros médicos, etc.) quedó prohibida por ley. Sin embargo, las isapres y los prestadores han utilizado la figura del holding para mantener una integración vertical de facto sin violar explícitamente la ley. Un holding de salud es una empresa que es propietaria de una Isapre y un prestador, pero al no haber ninguna relación directa entre ambos no va en contra de la ley. Continuar leyendo...
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